lunes, 9 de diciembre de 2013



 Breve Definición De Patrimonio Histórico y Monumento Histórico

Patrimonio Histórico:
 Mediante la Ley 14 de 1982, por el cual se dictan medidas sobre la custodia, conservación y administración del patrimonio histórico de la nación, se tipifica que el patrimonio histórico está constituido tal y como lo establece la Constitución Nacional que dice así:
Constituyen el patrimonio histórico de la Nación los sitios y objetos arqueológicos, los documentos, los monumentos históricos y otros bienes muebles o inmuebles que sean testimonio del pasado panameño. El Estado decretará la expropiación de los que se encuentren en manos de particulares. La Ley reglamentará lo concerniente a su custodia, fundada en la primacía histórica de los mismos y tomará las providencias necesarias para conciliarla con la factibilidad de programas de carácter comercial, turístico, industrial y de orden tecnológico.
En el año 1997 el Casco Antiguo de la ciudad de Panamá fue declarado Patrimonio Histórico de la Humanidad por la UNESCO (siglas en inglés de la Oficina de las Naciones Unidas para la Educación, las Ciencias y la Cultura). Este asentamiento fue el segundo constituido como capital de la república y fundado en 1673, posterior a la destrucción por enfermedades y ataques de piratas que sufriera lo que se conoce hoy como Panamá La Vieja.
 Monumento histórico:

Por  Ley en 1976, se considera «monumento histórico» al edificio o conjunto de construcciones homogéneas conservados íntegros o en ruinas y que constituyen una unidad de reconocido valor arquitectónico, histórico y estético.

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