Breve Definición De
Patrimonio Histórico y Monumento Histórico
Patrimonio Histórico:
Mediante la Ley 14 de 1982, por el cual se
dictan medidas sobre la custodia, conservación y administración del patrimonio
histórico de la nación, se tipifica que el patrimonio histórico está
constituido tal y como lo establece la Constitución Nacional que dice así:
Constituyen el
patrimonio histórico de la Nación los sitios y objetos arqueológicos, los
documentos, los monumentos históricos y otros bienes muebles o inmuebles que
sean testimonio del pasado panameño. El Estado decretará la expropiación de los
que se encuentren en manos de particulares. La Ley reglamentará lo concerniente
a su custodia, fundada en la primacía histórica de los mismos y tomará las
providencias necesarias para conciliarla con la factibilidad de programas de
carácter comercial, turístico, industrial y de orden tecnológico.
En el año 1997 el Casco
Antiguo de la ciudad de Panamá fue declarado Patrimonio Histórico de la
Humanidad por la UNESCO (siglas en inglés de la Oficina de las Naciones Unidas
para la Educación, las Ciencias y la Cultura). Este asentamiento fue el segundo
constituido como capital de la república y fundado en 1673, posterior a la
destrucción por enfermedades y ataques de piratas que sufriera lo que se conoce
hoy como Panamá La Vieja.
Monumento histórico:
Por Ley en 1976, se considera «monumento
histórico» al edificio o conjunto de construcciones homogéneas conservados
íntegros o en ruinas y que constituyen una unidad de reconocido valor
arquitectónico, histórico y estético.
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